Una reflexión –primera de varias por lo extenso del tema seguramente- sobre la calidad de las obras en tanto construcciones motivada en este caso por algunos de los más recientes artículos publicados en el blog proyectopúblico.org, y en el entendido de que no tendría por qué estar dirigida exclusivamente a los arquitectos.
Soy de los convencidos de que no se puede desligar el concepto “construcción” del de “arquitectura” aunque a la inversa sí; existe mucha construcción sin arquitectura, que es a su vez (así lo creo) “la construcción del espacio habitable…” El convencimiento aludido arriba implica que los arquitectos debemos tener un dominio (mínimo, no sólo a saber sino a medir) del oficio de construir, y esto es (la) otra gran asignatura de la necesaria Ley de Proyecto Público que se promueve desde el citado blog.
¿Qué responsabilidad tiene el arquitecto como diseñador y/o proyectista en lo que se edifica?
Al igual que en la mayor parte del mundo, en México la obra pública no se construye por quien proyecta salvo en los casos en los que dicho proyectista, trabaje dentro de una dependencia de gobierno, secretarías de obras mayormente; los hay pero aún así no es lo más común –recordemos que en nuestro país se llama “Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas”. El proyecto está considerado un servicio relacionado, es decir aparte, coordinado por separado cuando la autoridad decide que lo amerita para atender cierta necesidad.
Si los proyectos públicos que demandan arquitectura (¿no deberían ser todos en diversos grados?) no pueden ni deben (podría cuestionarse porqué…) ser “ejecutados” por el proyectista, su servicio profesional se circunscribe a la construcción (del espacio habitable) en el papel, que dicho de otra manera acaso más correcta es la redacción del proyecto ejecutivo, o sea, de los documentos que servirán para ejecutar la obra, construirla. Así, las obras bien construidas son las que estuvieron bien proyectadas, bien redactadas, y, cunado hubo un “buen constructor”, bien terminadas. Suena y se dice fácil pero paradójicamente se ha vuelto sumamente complejo por la infinidad de factores y de terceros que intervienen hoy por hoy en el proceso constructivo.
¿Una Ley de Proyecto Público podrá prever todos aquellos factores de los procesos que intervienen en una obra, predecibles e impredecibles?
Aunque se antoja difícil, lo que no le resta urgencia a dicha iniciativa de ley, es posible. Un ejemplo, para los arquitectos proyectistas trabajar en proyectos públicos supone cierta capacidad económica para ser contratados. Es curioso pero necesitamos pagar para trabajar; entre otros gastos y requisitos, pagamos fianzas en un esquema ciertamente diseñado más para empresas constructoras que para talleres de arquitectura. De estas fianzas la que llama mi atención particularmente es la de “vicios ocultos”. Sin duda es un gran punto de partida y buena fuente del contenido a analizar sobre todo en lo que representa el proyecto arquitectónico público en su etapa ejecutiva.
Recuerdo hace no mucho –en cierto proyecto público- que omití sin darme cuenta la palabra “machimbrada” en una especificación de planos para un acabado de duela de madera en un auditorio. Acudí al Arq. Toño Gallardo que estaba en el Colegio de Arquitectos previendo que necesitaría su ayuda en el caso de que la duela “sin machimbre” (que yo aludía que no existía para defenderme) que se colocó en vez de la duela machimbrada, trabajara mal y nos perjudicara profesionalmente. Con esto explico lo del “vicio oculto” de un proyecto. Gracias a la asesoría de expertos carpinteros pudimos demostrar que esto no era una omisión, y con cierto re-diseño menor garantizamos que aquello quedara bien resuelto; quedó mejor de lo previsto afortunadamente. Esto alude de refilón a otro tema fundamental, que es el de la supervisión y la dirección arquitectónica del proyectista durante la obra, y que considero ineludible para cuidar que los proyectos lleguen a buen puerto. Aquí viene bien la metáfora de la “receta de la paella”: puede estar completísima en sus porciones, en sus especificaciones y en sus definiciones, hasta la marca de los ingredientes si se quiere, pero, si el cocinero no sabe cocinar –sucede- jamás quedará bien, y de paso echará la culpa a la receta que venía con vicios ocultos… ahora bien, si el cocinero es un experto al que se deja solo, posiblemente prepare un magnífico “rissoto”… en ambos casos el proyecto puede ser una válvula de escape. Pasa, y ¿quién responde?
JVdM